El control y vigilancia de los empleados es y seguirá siendo un tema polémico. Entonces, nos preguntamos, ¿Me pueden grabar en el trabajo? ¿Es legal colocar cámaras de vigilancia ocultas? Son dudas que están sujetas a diversas interpretaciones y en ocasiones ni los propios tribunales se ponen de acuerdo en la aplicación de la ley. Por eso, aclararemos un poco sobre la videovigilancia en el trabajo y colocación de cámaras en el centro laboral.
Se dice que el empresario puede poner en práctica las medidas de seguridad y control necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas en el trabajo, entre ellas la instalación de cámaras de vigilancia. Por ende, es legal que te graben en el trabajo, pero el empresario no puede ejercer de manera libre o unilateral este derecho, sino que está sujeto a varias condiciones:
- Los trabajadores deben ser informados de que se instalaran cámaras de seguridad.
- Se debe respetar los espacios públicos siempre que sea posible.
- No se grabarán imágenes en vestuarios, aseos o zonas de descanso.
- Se respetará en todo momento la integridad moral y el derecho a la intimidad de los trabajadores.
Además, la instalación de video vigilancia por satélite en el trabajo debe responder al principio de proporcionalidad. Es decir, el fin perseguido debe justificar las medidas adoptadas. Por ende, es legal colocar cámaras en el trabajo; pero, es necesario cumplir ciertos requisitos.
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¿Me pueden grabar con videocámaras en el trabajo?
Los empresarios pueden poner cámaras de seguridad sin avisar a los empleados, de acuerdo a algunas leyes. Sin embargo, deben cumplir ciertos requisitos de proporcionalidad y no existan otras alternativas para garantizar la seguridad. Entonces, el consentimiento de los trabajadores ya no es necesario, sí hay que cumplir con el deber de informar, como, por ejemplo, colocar carteles de zona videovigilada. Si tu pregunta era que, si te pueden grabar en el trabajo sin tu consentimiento, pues, la respuesta es sí.
¿Se puede instalar cámaras con audio en el trabajo?
Se preguntarán, ¿Es legal grabar audio en el trabajo? ¿Puede la empresa registrar las conversaciones que sostienes con los trabajadores? La respuesta es no. La grabación de audio en el trabajo se considera una medida que no responde al principio de proporcionalidad que atenta contra el derecho a la intimidad de los empleados. En conclusión, no está permitido usar cámaras con audio en el trabajo.
Sin embargo, está norma se puede aplicar en el caso de que las grabaciones hayan sido autorizadas judicialmente y deben ser realizadas por profesionales especialmente designadas para dicha labor. Lo que resulta saber es si las cámaras de seguridad tienen audio. En este caso, el trabajador puede descubrir el modelo de las cámaras instaladas y buscar sus características.
Se debe tener en cuenta que hay ciertas cámaras de seguridad conectadas a alarmas o sistemas de alertas e incorporan micrófonos que permiten escuchar audio, pero no grabar o registrar. Algunas empresas de seguridad lo requieren a la hora de verificar incidencias, por tanto, en estos casos sí podrían responder al principio de proporcionalidad. En cualquier otro supuesto, una cámara con audio en el trabajo no estaría permitida.
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Las cámaras de seguridad en el trabajo
Otros aspectos fundamentales del uso de cámaras de videovigilancia en el trabajo tienen que ver con las personas que tienen acceso a las imágenes grabadas o durante cuánto tiempo se pueden mantener dichas grabaciones en los ficheros de la empresa.
El acceso a las grabaciones de las cámaras de seguridad solo está permitido al titular de la empresa, la compañía contratadas o el personal encargado para tal actividad. Los equipos de vigilancia en el trabajo y salas de visionado y almacenamiento de imágenes deberán estar situadas en habitaciones de acceso restringido a personal autorizado.
Por otro lado, se deben establecer medidas de seguridad oportunas para que solo puedan acceder a las grabaciones las personas destinadas a tal fin. No olvidar que, como empleado, puede hacer uso de su derecho al acceso, supresión o limitación del tratamiento de imágenes de las cámaras de seguridad, siempre y cuando se considere que se ha vulnerado alguno de sus derechos fundamentales como empleado.
Recuerda que, las grabaciones de las cámaras de vigilancia solo podrán ser almacenadas durante un plazo máximo de un mes, salvo que fueran reclamadas por las autoridades pertinentes en alguna investigación policial o proceso judicial.
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